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INFORMACIÓN GREMIAL (cont.)
Retención
del Crédito Laboral
El
claro fundamento de la retención del crédito
laboral se halla en la interdependencia o conexión
de las obligaciones emergentes de los contratos bilaterales.
Los
representantes legales de establecimientos privados
de enseñanza suelen justificar su proceder antijurídico
de abonar las remuneraciones fuera de lo legislado,
es decir tardíamente, en la circunstancia de
que la institución es subsidiada por el Estado
provincial y que depende el pago del salario de sus
trabajadores de las transferencias estatales que lo
solventan.
Al
respecto la jurisprudencia sobre la cuestión
se expide de manera clara y contundente en autos caratulados
DEMARÍA, Delia A c/ Instituto de las Hermanas
Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús
s/ C. P. L. (Expte. 143 - Fo. 49- Año 1994).
En Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la
Sala Segunda de la Cámara de Apelación
en lo Laboral dictaminan: Este... argumento resulta
descartable en la medida que, bien lo expresa la actora,
se trata de situaciones no oponibles al trabajador y,
además, que en tanto pueden preverse y evitarse
con una adecuada administración de recursos no
constituye una fuerza mayor...
Ello
significa que los representantes legales no pueden aducir
la ausencia de recepción del subsidio para no
cumplir con su obligación de pagar en tiempo
las remuneraciones de los docentes; si ello no ocurre,
queda abierto el camino para aplicar la retención
del crédito laboral.
Si
nuestros patrones no cumplen con lo que claramente les
marca la L. C. T., es decir, pagarnos el salario dentro
de los cuatro días hábiles posteriores
al último día del mes calendario que se
nos abona; la legislación laboral y civil, apoyada
por prestigiosa jurisprudencia y doctrina, nos determina,
sin dudas, el derecho de no cumplir con nuestra parte
en el contrato de trabajo, o sea, no prestar nuestra
fuerza laboral y no concurrir a prestar servicios hasta
que nuestra patronal cumpla con su obligación
legal.
La
excepción de incumplimiento contractual
es un instituto jurídico que figura en el repertorio
de las medidas de autodefensa privada, con cierto carácter
coercitivo, que tiende a la salvaguarda del equilibrio
contractual. Su correlato en el Derecho del Trabajo,
la retención del crédito laboral,
cumple el mismo cometido protectorio de los derechos
del trabajador ante el incumplimiento de la patronal.
El
conocimiento y el ejercicio efectivo de nuestros derechos
nos garantiza el respeto y la dignidad que como trabajadores
de la educación merecemos.
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Los
docentes se preparan para la diversidad
El
SADOP se encuentra colaborando con la Asociación
Síndrome de Down de Santa Fe (ADOSFE) institución
que ha reiniciado este año el taller de
formación docente Ayúdándonos
a construir la cultura de la diversidad,
declarado de interés educativo por el Ministerio
de Educación de la Provincia mediante Resolución
Nº 240/2000, que se llevan a cabo en la sede
de SPRAI, sita en Mendoza 3243 de la ciudad de
Santa Fe.
Este taller, de amplia repercusión entre
los docentes de Santa Fe y localidades vecinas
es coordinado por la profesora Alicia Ligabue,
agente multiplicador de la UNESCO para la difusión
de Necesidades educativas especiales en
el aula. Durante el desarrollo del primer
módulo, los docentes participantes demostraron
su inquietud y deseos de formarse para trabajar
aceptando la diversidad como valor.
Esta formación apunta al respeto del otro
y al crecimiento personal de todos, permitiendo
que se vayan revirtiendo grandes problemas que
actualmente presenta la escuela como la violencia,
la deserción, la repetición, la
segregación y el abandono. El primer módulo
denominado Frente a un cambio de paradigma,
planteó la necesidad de un cambio de actitudes
y enfoque para lograr el respeto y la aceptación
del otra más allá de las diferencias
individuales.
El taller se desarrolla a través de diez
módulos independientes y en el año
2002 restan dictarse los siguientes: Venciendo
obstáculos; La evaluación es un
proceso; Compartiendo saberes
; Comprometiendo
presencia y participación.
Para
los afiliados a SADOP, la participación
en el taller es absolutamente gratuita.
Para informes, dirigirse a los teléfonos
4594516/4525165.
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