Edición Digital de El Borrador - Junio 2002 - Año 5 - N° 33

 
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Denuncian y promueven querella penal por los delitos de subversión económica, tratos inhumanos, crueles y degradantes.

Adolfo Pérez Esquivel, José de Luca, Arturo Blatezky y Nora Cortiñas han presentado ante la Justicia Federal una denuncia formal por los delitos de subversión económica, tratos inhumanos y degradantes constitutivos de tortura y genocidio contra Pedro Pou-ex presidente del Banco Central, los presidentes de los bancos que participaron en el megacanje y calificadoras de riesgo. Posteriormente se han anexado nuevos elementos de juicio, extendiendo las imputaciones contra Anoop Singh, delegado del Fondo Monetario Internacional por hechos por él cometidos en territorio argentino y como autor del delito de coacción agravada.
Fundamentaciones de la querella
Se transcriben a continuación algunos datos y fundamentos de los querellantes:
Daño social
Lo han provocado:
-la subversión económica en la economía nacional
-el empleo de tratos inhumanos y degradantes en la reducción sistemática a pobreza que priva a sus víctimas de derechos a la salud, al trabajo y a la educación
-la exclusión social de vastos grupos nacionales del proceso productivo que pueden acarrear su destrucción física o lesiones graves a su integridad física o mental.

Los hechos que a continuación se mencionan como reveladores del daño social son en algunos casos causa y en otros consecuencia, formando una unidad inescindible. Entre ellos:

a) Sólo en el año 1992, las medidas adoptadas desde los países centrales han privado al Sur de 500.000 millones de dólares al año (Comportamiento calificado virtualmente de “criminal”)
b) La Organización Mundial de la Salud ha condenado como “genocidio silencioso” la muerte de once millones de niños por año porque los países ricos les niegan centavos de ayuda.
c) Los datos del INDEC, el Banco Mundial y ONG muestran un empeoramiento de los índices de pobreza. En Argentina, más de la mitad de los menores son pobres. La falta de ingresos se complementa con otros datos igualmente impactantes (hacinamiento crítico, viviendas precarias y sin baños)
d) Por un lado la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura lucha contra el hambre. Por otro, el FMI impone condiciones y políticas que perpetúan el flagelo del hambre

La Conformación del aparato del poder
El FMI, los grandes Bancos y las calificadoras de riesgo, imponen ilícitamente sus decisiones e intereses, prescindiendo de la soberanía del Estado Argentino y del derecho de libre determinación de su pueblo, con generación de un gravísimo daño que tiene sus expresiones más agudas en la exclusión social como agresión y en la reducción sistemática a pobreza como resultado.
El FMI impone fórmulas completas que condicionan la totalidad de la vida económica y social de cada país y no dejan librada “a la decisión soberana de cada país” la distribución interna del costo del ajuste, como falazmente lo dijo Camdessus, Director del FMI. También impide que el gobierno nacional subsidie la producción nacional, pero el país que ejerce influencia determinante en el Fondo (EE.UU), acaba de destinar 5.000 millones de dólares para subsidios a la producción de sus agricultores y de imponer nuevos aranceles para la importación de acero de Argentina.
Tratos inhumanos o degradantes
Con respecto a los tratos inhumanos y degradantes que son inherentes a la exclusión social sistemática, y a la consiguiente reducción a la pobreza de millones de seres humanos, parece incuestionablemente aplicable el art. 16 de la Convención Internacional contra la tortura: “Todo Estado Parte se comprometerá a prohibir en cualquier territorio bajo su jurisdicción otros actos que constituyan tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y que no lleguen a ser tortura, cuando estos actos sean cometidos por un funcionario público u otra persona que actúe en el ejercicio de funciones oficiales o por instigación o con el consentimiento o la aquiescencia de tal funcionario…”
El delito de genocidio
La conformación del grupo victimizado por la propia acción de la exclusión social como acto de agresión, muestra la raíz del delito de genocidio: es una forma extrema de discriminación, donde el discriminador agrede y reprime a aquellos cuya subsistencia como parte plena de la sociedad percibe como incompatible con la obtención de sus objetivos socio-económicos.
Los supuestos de comisión aplicables al presente caso son los previstos en la Convención sobre Genocidio:

- “Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo”
- “Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.”


Extienden la imputación al delegado del Fondo Monetario Internacional en Argentina

Imposición ilícita

Los denunciantes, luego de reseñar el proceso de crecimiento de la deuda externa y de concentración de capital financiero sostienen que “este proceso ha colocado al Fondo Monetario Internacional, a los grandes Bancos y a las calificadoras de riesgo, en condiciones de imponer ilícitamente sus decisiones e intereses prescindiendo de la soberanía del Estado Argentino y del derecho de libre determinación de su pueblo, con generación de un gravísimo daño que tiene sus expresiones más agudas en la exclusión social como agresión y en la reducción sistemática a pobreza como resultado”

Desde el comienzo mismo de este proceso, la referencia a un aparato de poder que impone ilícitamente sus decisiones al Estado argentino ha sido una constante en el planteo de la querella y también una constante en el desarrollo de los hechos.

Denuncia de la culminación del proceso de imposición ilícita: la conducta del delegado del FMI Anoop Sing.

El 10 de abril de 2002, el delegado del FMI ante el gobierno argentino dio a conocer el texto de un informe público de su autoría que presenta gravísimas transgresiones:
a) Se comunican al Estado argentino las bases de política fiscal, económico-financiera y legislativa que debe cumplir para obtener la asistencia del FMI
b) Se exige al Estado Nacional que modifique partes vitales de su legislación penal y comercial.
El alcance y naturaleza de tales requerimientos (parte de los mecanismos de imposición ilícita) resultan clara mente de las siguientes circunstancias de pública notoriedad:

1) EL CONGRESO, NUEVO BLANCO PARA LAS PRESIONES DE SING.” …el FMI, con Singh a la cabeza, hace presiones directas sobre los responsables primarios de las medidas que exige” (Clarín, 13-04-02). Esto es sobre los legisladores mismos.
2) “Anoop Singh, el auditor del FMI…no sólo habló duramente con la prensa para advertir inusual y públicamente a la comunidad política y a la sociedad en su conjunto sobres las consecuencias que podría tener no cumplir con las exigencias del FMI, también actuó como un Jefe de Gabinete, manteniendo reuniones con actores políticos argentinos, para inducirlos a apoyar sus recetas ultraortodoxas y conservadoras” (Clarín, 14-04-02)
3) Simultáneamente, el Director General del FMI decía: “No hay ningún país que quiera tomar medicina amarga…Habrá despidos, no lo excluiría, pero no hay opción”. (La Nación, 18-04-02)
4) “La número dos del FMI, Anne Krueger, volvió a presionar ayer para que la Argentina acelere la aplicación de las medidas que reclama el organismo, entre ellas los cambios en las leyes de quiebras y de Subversión económica”. (Clarín, 08-05-02
5) El entonces Secretario de Hacienda Oscar Lamberto dijo que Anne Krueger, desea “que Argentina estalle y que pase por una hiperinflación que deprecie los activos, para que los capitales norteamericanos puedan venir a comprar las empresas por dos pesos” (Clarín, 04-05-02)
Obviamente, las exigencias del FMI sobre reformas de la Ley de Quiebras responden a esta finalidad. “La propuesta permitiría que los acreedores, sobre todo los externos, se cobren las deudas con las propias empresas deudoras” (Clarín, La Nación, 02-05-02)

6)
a) En la primera quincena de abril de 2002 se produjeron los siguientes hechos:
- Con pocas horas de diferencia con la publicación en Buenos Aires del informe de Anoop Singh, ocurrió el golpe de Estado contra el gobierno constitucional del Presidente Chávez. El nuevo régimen de facto disolvió el Parlamento y la Corte Suprema.
- El gobierno de los Estados Unidos se opuso a la aplicación al régimen de facto de Venezuela de las sanciones previstas en la Carta Democrática


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