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Denuncian
y promueven querella penal por los delitos de subversión
económica, tratos inhumanos, crueles y degradantes.
Adolfo
Pérez Esquivel, José de Luca, Arturo Blatezky
y Nora Cortiñas han presentado ante la Justicia
Federal una denuncia formal por los delitos de subversión
económica, tratos inhumanos y degradantes constitutivos
de tortura y genocidio contra Pedro Pou-ex presidente
del Banco Central, los presidentes de los bancos que
participaron en el megacanje y calificadoras de riesgo.
Posteriormente se han anexado nuevos elementos de juicio,
extendiendo las imputaciones contra Anoop Singh, delegado
del Fondo Monetario Internacional por hechos por él
cometidos en territorio argentino y como autor del delito
de coacción agravada.
Fundamentaciones
de la querella
Se transcriben a continuación algunos datos y
fundamentos de los querellantes:
Daño
social
Lo
han provocado:
-la subversión económica
en la economía nacional
-el empleo de tratos inhumanos
y degradantes en la reducción sistemática
a pobreza que priva a sus víctimas de derechos
a la salud, al trabajo y a la educación
-la exclusión social
de vastos grupos nacionales del proceso productivo que
pueden acarrear su destrucción física
o lesiones graves a su integridad física o mental.
Los
hechos que a continuación se mencionan como reveladores
del daño social son en algunos casos causa y
en otros consecuencia, formando una unidad inescindible.
Entre ellos:
a)
Sólo en el año 1992, las medidas adoptadas
desde los países centrales han privado al Sur
de 500.000 millones de dólares al año
(Comportamiento calificado virtualmente de criminal)
b) La Organización
Mundial de la Salud ha condenado como genocidio
silencioso la muerte de once millones de niños
por año porque los países ricos les niegan
centavos de ayuda.
c) Los datos del INDEC,
el Banco Mundial y ONG muestran un empeoramiento de
los índices de pobreza. En Argentina, más
de la mitad de los menores son pobres. La falta de ingresos
se complementa con otros datos igualmente impactantes
(hacinamiento crítico, viviendas precarias y
sin baños)
d) Por un lado la Organización de las Naciones
Unidas para la Alimentación y la Agricultura
lucha contra el hambre. Por otro, el FMI impone condiciones
y políticas que perpetúan el flagelo del
hambre
La
Conformación del aparato del poder
El
FMI, los grandes Bancos y las calificadoras de riesgo,
imponen ilícitamente sus decisiones e intereses,
prescindiendo de la soberanía del Estado Argentino
y del derecho de libre determinación de su pueblo,
con generación de un gravísimo daño
que tiene sus expresiones más agudas en la exclusión
social como agresión y en la reducción
sistemática a pobreza como resultado.
El
FMI impone fórmulas completas que condicionan
la totalidad de la vida económica y social de
cada país y no dejan librada a la decisión
soberana de cada país la distribución
interna del costo del ajuste, como falazmente lo dijo
Camdessus, Director del FMI. También impide que
el gobierno nacional subsidie la producción nacional,
pero el país que ejerce influencia determinante
en el Fondo (EE.UU), acaba de destinar 5.000 millones
de dólares para subsidios a la producción
de sus agricultores y de imponer nuevos aranceles para
la importación de acero de Argentina.
Tratos
inhumanos o degradantes
Con respecto a los tratos inhumanos y degradantes que
son inherentes a la exclusión social sistemática,
y a la consiguiente reducción a la pobreza de
millones de seres humanos, parece incuestionablemente
aplicable el art. 16 de la Convención Internacional
contra la tortura: Todo Estado Parte se comprometerá
a prohibir en cualquier territorio bajo su jurisdicción
otros actos que constituyan tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes, y que no lleguen a ser tortura,
cuando estos actos sean cometidos por un funcionario
público u otra persona que actúe en el
ejercicio de funciones oficiales o por instigación
o con el consentimiento o la aquiescencia de tal funcionario
El
delito de genocidio
La
conformación del grupo victimizado por la propia
acción de la exclusión social como acto
de agresión, muestra la raíz del delito
de genocidio: es una forma extrema de discriminación,
donde el discriminador agrede y reprime a aquellos cuya
subsistencia como parte plena de la sociedad percibe
como incompatible con la obtención de sus objetivos
socio-económicos.
Los supuestos de comisión aplicables al presente
caso son los previstos en la Convención sobre
Genocidio:
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-
Lesión grave a la integridad física
o mental de los miembros del grupo
- Sometimiento intencional
del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear
su destrucción física, total o parcial.
Extienden la imputación
al delegado del Fondo Monetario Internacional en Argentina
Imposición
ilícita
Los
denunciantes, luego de reseñar el proceso de
crecimiento de la deuda externa y de concentración
de capital financiero sostienen que este proceso
ha colocado al Fondo Monetario Internacional, a los
grandes Bancos y a las calificadoras de riesgo, en condiciones
de imponer ilícitamente sus decisiones e intereses
prescindiendo de la soberanía del Estado Argentino
y del derecho de libre determinación de su pueblo,
con generación de un gravísimo daño
que tiene sus expresiones más agudas en la exclusión
social como agresión y en la reducción
sistemática a pobreza como resultado
Desde
el comienzo mismo de este proceso, la referencia a un
aparato de poder que impone ilícitamente sus
decisiones al Estado argentino ha sido una constante
en el planteo de la querella y también una constante
en el desarrollo de los hechos.
Denuncia
de la culminación del proceso de imposición
ilícita: la conducta del delegado del FMI Anoop
Sing.
El
10 de abril de 2002, el delegado del FMI ante el gobierno
argentino dio a conocer el texto de un informe público
de su autoría que presenta gravísimas
transgresiones:
a) Se comunican al Estado
argentino las bases de política fiscal, económico-financiera
y legislativa que debe cumplir para obtener la asistencia
del FMI
b) Se exige al Estado Nacional
que modifique partes vitales de su legislación
penal y comercial.
El alcance y naturaleza de tales requerimientos (parte
de los mecanismos de imposición ilícita)
resultan clara mente de las siguientes circunstancias
de pública notoriedad:
1)
EL CONGRESO, NUEVO BLANCO PARA LAS PRESIONES DE SING.
el FMI, con Singh a la cabeza, hace presiones
directas sobre los responsables primarios de las medidas
que exige (Clarín, 13-04-02). Esto es sobre
los legisladores mismos.
2) Anoop Singh, el
auditor del FMI
no sólo habló duramente
con la prensa para advertir inusual y públicamente
a la comunidad política y a la sociedad en su
conjunto sobres las consecuencias que podría
tener no cumplir con las exigencias del FMI, también
actuó como un Jefe de Gabinete, manteniendo reuniones
con actores políticos argentinos, para inducirlos
a apoyar sus recetas ultraortodoxas y conservadoras
(Clarín, 14-04-02)
3) Simultáneamente,
el Director General del FMI decía: No hay
ningún país que quiera tomar medicina
amarga
Habrá despidos, no lo excluiría,
pero no hay opción. (La Nación,
18-04-02)
4) La número
dos del FMI, Anne Krueger, volvió a presionar
ayer para que la Argentina acelere la aplicación
de las medidas que reclama el organismo, entre ellas
los cambios en las leyes de quiebras y de Subversión
económica. (Clarín, 08-05-02
5) El entonces Secretario
de Hacienda Oscar Lamberto dijo que Anne Krueger, desea
que Argentina estalle y que pase por una hiperinflación
que deprecie los activos, para que los capitales norteamericanos
puedan venir a comprar las empresas por dos pesos
(Clarín, 04-05-02)
Obviamente, las exigencias del FMI sobre reformas de
la Ley de Quiebras responden a esta finalidad. La
propuesta permitiría que los acreedores, sobre
todo los externos, se cobren las deudas con las propias
empresas deudoras (Clarín, La Nación,
02-05-02)
6)
a) En la primera quincena
de abril de 2002 se produjeron los siguientes hechos:
-
Con
pocas horas de diferencia con la publicación
en Buenos Aires del informe de Anoop Singh, ocurrió
el golpe de Estado contra el gobierno constitucional
del Presidente Chávez. El nuevo régimen
de facto disolvió el Parlamento y la Corte Suprema.
- El gobierno de los Estados
Unidos se opuso a la aplicación al régimen
de facto de Venezuela de las sanciones previstas en
la Carta Democrática
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