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La Ley de Subversión
Económica
La
derogación o modificación de la Ley de
Subversión Económica fue incluída
como una de las medidas que el Fondo Monetario Internacional
exige a la Argentina como condición para destrabar
la negociación de un nuevo acuerdo, que terminaría
canjeando la salvación de la cárcel de
banqueros, grandes empresarios y funcionarios responsables
de la gravísima crisis económica y financiera
que vive el país por el acuerdo.
El establishment, con el poder del FMI y bajo el falaz
argumento de la inseguridad jurídica, le ha exigido
al gobierno de Duhalde la derogación de esta
ley, conocida con el nombre de LEY DE SUBVERSIÓN
ECONÓMICA., que asusta y mucho, porque condena
expresamente el vaciamiento, el cierre y liquidación
de una empresa o banco que afecte la economía
del país.
Qué establece la ley
que no quiere el FMI
La ley de Subversión económica lleva el
Nº 20.840. Fue sancionada en el año 1974,
bajo un gobierno constitucional, modificada en 1984
y actualizado el monto de las multas previstas en 1983.
Su texto establece:
·
Prisión de 2 a 6 años y multa de $75.000
a $5.000.000 al que, con ánimo de lucro o maliciosamente,
con riesgo para el normal desenvolvimiento de un establecimiento
o explotación comercial, industrial, agropecuaria,
minera o destinado a la prestación de servicios,
enajenare indebidamente, destruyere, dañare,
hiciere desaparecer, ocultare o fraudulentamente desminuyere
el valor de las materias primas, productos de cualquier
naturaleza, máquinas, equipos, otros bienes de
capital, o comprometiere injustificadamente su patrimonio.
·
Las penas señaladas se agravan en un tercio si
el hecho:
a) afectare el normal
suministro o establecimiento de bienes o servicios de
uso común;
b) causare perjuicio
a la economía social;
c) pusiese en peligro
la seguridad del Estado.
·
Prisión de 6 meses a dos años a quien
por imprudencia o negligencia
o violando los deberes a su cargo, cometiere algunos
de los hechos mencionados anteriormente.
·
Las
penas también alcanzan a quienes prestaren consentimiento
para la concreción de estos delitos
·
La norma penaliza de 2 a 4 años de prisión
a los síndicos u otros ejecutivos de control
que no denuncien la comisión del delito si lo
conocían.
Algunas causas que caerían
con la derogación de esta ley
Si se deroga esta ley, caería el proceso que
llevó a la cárcel al banquero Carlos Rohm,
por ejemplo, y no habría posibilidades de aplicarla
a otros casos que se están investigando (caída
de los Bancos Mayo, Patricia, BID, etc.), y a banqueros
como Raúl Moneta (Banco República), Eduardo
Escasany (Banco Galicia), Manuel Sacerdote (BanlBoston),
entre otros.
La eliminación impediría también
su aplicación a todos los implicados en la investigación
por el megacanje de la deuda externa que tiene a Domingo
Cavallo y varios banqueros bajo sospecha, la causa de
contrabando de oro, la malversación de fondos
de AFJP y las privatizaciones irregulares
Impunidad
El capítulo económico de esta ley representa
lo mismo que la ley antimonopolios en Estados Unidos,
que tiene figuras aún más amplias que
la Argentina y deja mayor discrecionalidad a los jueces
para su aplicación. Pero no se conoce que el
FMI haya solicitado su derogación a fin de una
mayor seguridad jurídica.
A la causa del FMI se suman los sospechados de defraudar
al país (los propios banqueros y empresarios
que son investigados o detenidos), invocando a todos
los vientos la inseguridad jurídica y ejerciendo
lobby y presiones en el Gobierno.
La derogación de esta ley significaría
otorgar indemnidad a quienes cometieron delitos en perjuicio
de la economía nacional, es decir, liberaría
a los grandes delincuentes y condenaría aún
más a los sectores marginados que aquellos se
encargaron de empobrecer.
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